Estimados/-as compañeros/-as:
Ayer se publicaron las puntuaciones derivadas de la autobaremación que cada aspirante aportó durante el proceso de presentación de instancias para participar en los concursos vinculados a la Ley 20/2021 en el Tablón electrónico. Podéis acceder por medio de cada enlace:
- PAS laboral↗️
- PAS funcionario escala administrativa↗️
- PAS funcionario escala de gestión de sistemas e informática↗️
Tras las muchas dudas que ha generado la publicación, nos gustaría aportar una serie de aclaraciones:
- Las puntuaciones se corresponden con las autobaremaciones presentadas durante el procedimiento de inscripción. No son puntuaciones definitivas. Si has detectado que tu puntuación es incorrecta, puedes remitir una subsanación durante los 5 días hábiles posteriores a la publicación (hasta el martes 27 de junio) a través del procedimiento habilitado↗️.
- Durante los próximos días se solicitará que se aporte la documentación que acredite la autobaremación, por lo es previsible que se produzcan variaciones con respecto a la publicación de ayer.
- ¿Qué ocurre en caso de empate? Se aplicarán las reglas de desempate recogidas en los acuerdos de paritaria para los procesos de estabilización al amparo de la Ley 20/2021 para el PAS de las universidades públicas madrileñas:
-
- Funcionarios↗️(artículo 3.º .4 por la aplicación del artículo 4.º)
«En el caso de empate en la puntuación global del proceso selectivo, el criterio común de desempate será el cómputo global de los servicios prestados en la universidad convocante en el Cuerpo o Escala de )la plaza convocada. Por acuerdo entre el órgano de representación del PAS Funcionario y la Universidad, se podrán establecer criterios adicionales de desempate.»
-
- Laborales↗️ (artículo 5.º)
«En el caso de empate en la puntuación global del proceso selectivo, éste se dirimirá acudiendo al criterio de mayor antigüedad en el mismo grupo, nivel salarial, área y especialidad del puesto al que se opta en la Universidad convocante. De persistir el empate, se aplicarán los siguientes criterios en el orden en que figuran:
-
-
- Mayor puntuación en el apartado de la experiencia profesional.
- Mayor puntuación en cada uno de los apartados de la experiencia profesional en el orden en que figuran en el acuerdo.
- Mayor puntuación en el apartado de formación y perfeccionamiento profesional.
- De persistir el empate, éste se dirimirá atendiendo al orden alfabético conforme a la letra que resulte del sorteo público celebrado anualmente a estos efectos por la Comunidad de Madrid.»
Desde el primer momento de la publicación del R.D. 14/2021, que fue el gérmen de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público desde UGT-URJC hemos defendido que estos procesos fuesen para estabilización y no para promoción. Durante las negociaciones de las convocatorias, informamos al resto de secciones sindicales y a la anterior Vicegerenta de Recursos Humanos (representante de la URJC en la mesa) de que el no aplicar en las convocatorias de funcionarios los mismos criterios que en la de laborales podría transformar algunas plazas en promociones encubiertas, pervirtiendo de una manera clara la intención de la Ley. Tras un análisis de las puntuaciones publicadas, vemos que existe un riesgo de que no todas las plazas se conviertan en una vía de estabilización. En su momento era una suposición y poco a poco se convierte en una certeza.
Puedes enviarnos tus dudas a ugt@urjc.es↗️