El pasado día 23 de mayo se aprobó en el Congreso de los Diputados el Proyecto de Ley por la que se regulan las enseñanzas artísticas superiores y se establece la organización y equivalencias de las enseñanzas artísticas profesionales.
Una vez se publique en el BOE, junto al resto de la norma, entrará en vigor la Disposición final cuarta, por la que se modifican los siguientes aspectos de la LOSU:
➡ APROBACIÓN DE LOS ESTATUTOS, CONSTITUCIÓN DE ÓRGANOS Y DE CARGOS UNIPERSONALES
Se aumenta a tres años el plazo para aprobar los nuevos Estatutos y constituir el nuevo Claustro y Consejo de Gobierno con arreglo a la LOSU.
➡ ADAPTACIÓN DE LA DOCENCIA HASTA EL JUNIO DE 2028
Se establece que el período máximo para implementar las medidas de adaptación en las estructuras de las plantillas de profesorado, según las Disposiciones transitorias séptima y décimo segunda, será hasta el final del curso académico 2027-2028 (junio de 2028).
Será cada universidad la que establezca un calendario y e informará a su Comunidad Autónoma y al Ministerio que en cada momento tenga las competencias en materia universitaria.
Debido a las modificaciones que esta Ley traerá, mediante negociación colectiva, se podrán adaptar los acuerdos adoptados en materia laboral.
Acuerdo de prórroga para el profesorado asociado
Tal y como os informamos el pasado mes de abril (acceso al UGT Informa ↗), la entrada en vigor de la Ley de Enseñanzas Artísticas supone la aplicación del Acuerdo de prórroga para el profesorado asociado.
¿Las modificaciones planteadas para la LOSU son suficientes?
No. Para UGT es fundamental que se pongan en marcha los mecanismos de financiación de la LOSU e instamos a que se alcance a la mayor brevedad posible un acuerdo entre el Gobierno central y los de las Comunidades Autónomas.
Además, tal y como hemos advertido al Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades en distintos foros y reuniones, la LOSU ha generado más contratiempos que los corregidos en la Ley de Enseñanzas Artísticas y es imperativo convocar de nuevo al grupo de trabajo para continuar con la resolución de los problemas que hay sobre la mesa y que atañen a la continuidad de parte del profesorado en las universidades, bien sea por la aplicación de la prórroga a otras figuras docentes o la puesta en marcha de una manera efectiva de los procesos de estabilización que afectan al profesorado interino, tanto laboral como funcionarial, pues la solución se basa en una futurible situación sin restricciones a la tasa de reposición.